Convocatoria a Asamblea General Ordinaria

ASOCIACIÓN MUTUALISTA DEL CLUB CENTRAL SAN CARLOS

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes, el Consejo Directivo de la Asociación Mutualista del Club Central San Carlos, CONVOCA a sus Asociados para el día Jueves 30 de Octubre de 2025 a las 20hs. en el S.U.M. Raúl Ferrari, sito en calle Tomás Lubary 319 de la ciudad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe, a fin de celebrar la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.

Para tratar el siguiente ORDEN DEL DIA:

Elección de 2 asociados presentes para que, en nombre y representación de la Asamblea, suscriban el Acta conjuntamente con el Presidente y Secretario de la Mutual. –

Consideración del Balance General, Estado de Situación Patrimonial, Cuadro de Recursos y Gastos, Cuadros Anexos, Notas a los Estados Contables e Informe del Auditor, Memoria e Informe de Junta Fiscalizadora, correspondientes al ejercicio económico finalizado el 30/06/2025. –

Consideración del valor de la cuota societaria e importe del Subsidio por Fallecimiento. –

Lectura y Consideración de la Venta de un inmueble ubicado en calle 25 de Mayo Nº 672, de San Carlos Centro, provincia de Santa Fe; Venta de un inmueble ubicado en calle Sarmiento s/n, de Progreso, provincia de Santa Fe; Venta de una camioneta Toyota Hilux modelo 2017; Venta de un automóvil Volkswagen Suran; y Compra de una camioneta Toyota Hilux modelo 2014. –

Reforma y Adecuación del Reglamento de Servicio de Ayuda Económica Mutual con Captación de Fondos acorde a la resolución Nº 3.034-24 del INAES. –

Lectura y Consideración del Nuevo Reglamento de Prestadores de Servicios de Pago.

Elección de integrantes de la Comisión Directiva y Junta Fiscalizadora, en su totalidad por finalización de los mandatos. –

NOTA Art. 35 el quórum para sesionar en las asambleas será la mitad más uno de los asociados con derecho a voto. En caso de no alcanzar ese número a la hora fijada la Asamblea sesionara válidamente 30 minutos después con los presentes. El número de asambleístas no podrá ser menor al de los miembros de los órganos directivos y fiscalización. De dicho cómputo quedan excluidos los referidos miembros.

Consejo Directivo

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