En una clara muestra de compromiso con la inclusión y el respeto a los derechos de las personas con discapacidad, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad el pedido de informes presentado por el Partido Alternativa Sancarlina. El objetivo: exigir al Ejecutivo Municipal el cumplimiento de la Ordenanza N° 768/14, que establece la construcción de viviendas adaptadas para personas con discapacidad. Este marco normativo, sancionado hace una década, sigue sin ser implementado de forma efectiva en los planes habitacionales de la ciudad, una deuda que Alternativa exige saldar con urgencia.
El Concejal Gabriel Otazo, al presentar el proyecto, remarcó la importancia de esta normativa para garantizar el acceso a una vivienda digna, adaptada a las necesidades de quienes más lo requieren. «Esta Ordenanza fue creada para asegurar que todas las personas, sin importar su condición, puedan tener una vivienda que responda a sus necesidades. Es lamentable que, después de diez años, esta disposición no haya sido cumplida en su totalidad. Cada plan habitacional que ejecuta nuestro municipio debería tener al menos una vivienda adaptada por cada diez construidas, pero la realidad nos muestra una grave falta de voluntad política para hacerla efectiva», señaló Otazo.
¿Qué establece la Ordenanza 768/14?
La normativa exige que en todo plan de viviendas, sea municipal, provincial o nacional, destinado al uso familiar, se construya al menos una vivienda adaptada por cada diez unidades. Esta obligación tiene como objetivo principal garantizar que las personas con discapacidad, ya sean titulares o miembros del grupo familiar, puedan acceder a viviendas accesibles, funcionales y adecuadas.
¿Qué solicitan los concejales de Alternativa?
En su pedido de informes, el bloque de Alternativa exige que el Departamento Ejecutivo Municipal tome medidas concretas e inmediatas:
1. Cumplimiento inmediato de la Ordenanza N° 768/14 en todos los planes habitacionales actuales y futuros.
2. Remisión de un informe detallado al Concejo Municipal en un plazo no mayor a 15 días hábiles, que contenga:
– Listado completo de los planes de vivienda en ejecución y proyectados.
– Cantidad de viviendas adaptadas construidas o proyectadas en cumplimiento con la normativa.
– Información sobre los beneficiarios actuales y futuros de estas unidades adaptadas.
– Estado de avance de las obras de viviendas adaptadas y fecha estimada de finalización.
– Planes de mantenimiento y seguimiento de las adaptaciones realizadas, garantizando su funcionalidad a largo plazo.
3. Informe de justificación en caso de incumplimiento o retraso en la construcción de viviendas adaptadas, acompañado de un cronograma de acciones correctivas con fechas claras para la ejecución y finalización de las obras pendientes.
Prensa: Alternativa Sancarlina